Trabajo en Casa y Teletrabajo

Trabajo en Casa y Teletrabajo

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Con la declaratoria de la emergencia sanitaria decretada por el ministerio de Salud y Protección Social el pasado 12 de marzo, la gran masa de trabajadores colombianos se vieron abocados a desarrollar desde casa las actividades laborales que hasta ese momento venían haciendo es sus lugares habituales de trabajo. Esta modalidad se denomina Trabajo en Casa, y está autorizada por el Ministerio del trabajo según circular 21 de 2020, de manera ocasional, temporal y excepcional como parte de las medidas adoptadas con ocasión de la fase de contención del COVID-19 y particularmente, para la protección del empleo durante la emergencia. Eso sí, haciendo énfasis en dicha circular, en que el Trabajo en Casa no puede equipararse con el Teletrabajo, dado que no contempla los elementos, requisitos y formalidades que sí se especificaron para el Teletrabajo. Pueden tener elementos en común, como el uso de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, pero se trata evidentemente, de dos cosas muy distintas.

Desde el 2008 se reconoce en Colombia al Teletrabajo como una forma de organización laboral válida, y con decretos posteriores se buscó definir claramente las reglas de juego tanto para trabajadores como para empleadores que optaran de común acuerdo por esta modalidad. Este marco regulatorio reconoce otros requisitos de orden Legal y de Salud y Seguridad en el Trabajo que deben darse para que un teletrabajador sea considerado como tal a los ojos de la ley colombiana de los cuales adolece, por su naturaleza misma, la modalidad de Trabajo en Casa.

Con el fin de subsanar un poco estas deficiencias, el Ministerio de Trabajo emitió la circular 41 de 2 de junio de 2020, intentando dar mayor orden a los conflictos naturales surgidos durante el tiempo que lleva en operación las medidas de emergencia, pero no se trata obviamente, de una solución definitiva a la problemática. Esta solución, pasa más por aplicar lo marcado por la ley colombiana para Teletrabajo, pero sobre todo por que la organización implemente el Teletrabajo como un proyecto gestionado, medible y optimizado.

Autor: Carlos de la Ossa

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