Derecho de Petición – Gestiones Jurídicas

Derecho de Petición

1- Derecho de peticion 1

El derecho de petición se encuentra establecido en el artículo 23 de nuestra Constitución, como un mecanismo que permite a los ciudadanos presentar solicitudes y hacer peticiones a las autoridades, empresas privadas e incluso personas naturales (en situaciones de indefensión o subordinación o cuando la persona natural tenga una posición o función dominante frente al peticionario), con el fin de obtener respuestas, información y/o la garantía de tus derechos fundamentales. Debiendo ser resuelto dentro de los quince (15) días siguientes a su presentación.
El Derecho de petición, en muchos casos, puede ser un medio para obtener la garantía de otros derechos fundamentales, y es por ello por lo que resulta importante plantearlo adecuadamente.
En GJ sabemos que no todas las situaciones requieren la asistencia de un abogado, ya que lo puedes presentar directamente, si ese es tu caso, puedes consultar nuestro modelo y hacerlo tu mismo, ahora, si tu caso es un poco más complejo, puedes consultarnos y ser asistido en su elaboración por uno de nuestros abogados, quien escuchará tu caso, y durante una videollamada de 45 minutos resolverá tus dudas y proyectará el documento, que será enviado a tu correo dentro de las 24 horas siguientes.

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